Paneles de Conciliación

En la anterior convocatoria el Panel de conciliación estaba compuesto por tres expertos independientes, de los que uno podía ser propuesto por el interesado. En el caso de proponer a un experto, el interesado debía hacerlo constar en su escrito de interposición.

Era condición que los miembros del Panel de conciliación no hubiesen participado como evaluadores en la convocatoria en curso, debiendo pertenecer al área de evaluación.

Los expertos del Panel de conciliación debían cumplir los requisitos que, con carácter general, se establecen para ser evaluador de la agencia:

  • Estar en posesión del título de doctor.
  • Contar al menos con un sexenio de investigación reconocido.

El Panel de conciliación actuaba siempre con la presencia de sus tres miembros y sus decisiones se adoptaban por mayoría. Si el interesado optaba por desistir de nombrar a un experto, la agencia designaba un evaluador de oficio.

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Comisiones de Conciliación 2012 (9.58 KB)