El martes 18 de septiembre tuvo lugar en la sede de la <a href="http://www.madrimasd.org" title="Fundación para el Conocimiento madri+d" alt="Fundación para el Conocimiento madri+d" target="_blank">Fundación para el Conocimiento madri+d</A> una jornada de formación de evaluadores para incorporarse al programa de verificación de títulos oficiales de Grado y Máster. Esta jornada se desarrolla dentro del marco de actualización y especialización de los expertos que forman parte de la base de datos de evaluadores de la Fundación madri+d.
El objeto de la jornada fue facilitar a los asistentes nociones básicas sobre la marcha del proceso de evaluación de los títulos distinguiendo los supuestos de verificación o modificación. Para ello, se ha seguido un programa de formación dividido en cuatro sesiones que recoge desde los criterios de evaluación, la utilización de la herramienta informática, hasta las características del procedimiento con aclaración de conceptos tanto técnicos como jurídicos, incluidos en el protocolo o guía de evaluación.
La verificación es un procedimiento administrativo que establece la posibilidad de que las enseñanzas propuestas por las universidades y conducentes a un título de grado, máster o doctorado sean impartidas con carácter oficial. En consecuencia, la verificación se limita a determinar si un proyecto de título oficial cumple con lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y sus posteriores modificaciones.
La Fundación madri+d como Órgano de Evaluación de la Calidad del Sistema Universitario madrileño dentro de sus competencias tiene encomendadas tres tareas fundamentales: el nombramiento de las comisiones de expertos que deben evaluar las solicitudes de verificación o modificación; la elaboración de los protocolos de evaluación que deben seguir tales expertos; y la realización de los informes de evaluación. Su cometido es esencialmente técnico y, en ese sentido, fundamenta las decisiones que debe adoptar el Consejo de Universidades, que es el órgano que emite la resolución de verificación o modificación.