El uso de los drones depende de una nueva normativa europea. / Powie (PIXABAY)
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El uso de los drones depende de una nueva normativa europea

El uso de los drones es un fenómeno que está en auge en España. Pero los amantes de esta modalidad tienen un nuevo reglamento que cumplir.

El Parlamento Europeo aprobó el pasado martes, por 558 votos a favor, 71 en contra y 48 abstenciones, una actualización de la normativa comunitaria sobre seguridad aérea, con disposiciones específicas para garantizar una utilización segura de los drones.

 Las nuevas reglas europeas también buscan impulsar el desarrollo de este sector, al alza en España, al tiempo que garantizan la privacidad y la protección de datos personales.

Hasta la fecha, los drones de menos de 150 kilógramos estaban sujetos a la legislación de cada Estado miembro. La UE ha decidido proponer legislación ante el incremento de su uso y para permitir el desarrollo de un mercado lastrado por la diversidad de normativas nacionales.

LA SEGURIDAD EN ESPAÑA

En los últimos tres años, cerca de 3.000 operadores de este tipo de aeronaves no tripuladas han iniciado su actividad en España, según datos de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

Para la AESA, organismo encargado de regular en nuestro país el uso de los drones, la seguridad es también uno de los aspectos "más importantes". Y, en ese sentido, se aplican en la actualidad una serie de reglas a escala nacional.

"Creemos necesario que los drones incorporen un dispositivo limitador de energía de impacto, lo que se conoce como paracaídas", explican. "Y no permitimos que aparatos de más de 10 kg sobrevuelen aglomeraciones de personas o edificios".

De hecho, la AESA supedita el futuro del sector a lo que se invierta en seguridad porque "la integridad de las personas, el mobiliario o la de otras aeronaves no puede verse afectada por el uso de los drones".

74 ESCUELAS DE FORMACIÓN

Según los últimos datos de la agencia estatal, España cuenta en la actualidad 3.693 pilotos de drones, 4.283 naves de este tipo registradas y 74 escuelas de formación ATOS (únicos organismos que pueden expedir una licencia de pilotaje). 

La comunidad autónoma con más escuelas de este tipo es Madrid, con 21 centros. Después,  se encuentran Cataluña con 14 y Andalucía con 9. Castilla León, Comunidad Valenciana y Galicia tienen cinco cada una. Islas Canarias y País Vasco cuentan con tres centros, Islas Baleares tiene dos y Extremadura y Murcia, uno.

NUEVA NORMATIVA

La normativa aprobada este martes establece que el diseño de los drones "debe asegurar que, al ser utilizados, no suponen un riesgo para las personas". Además, "en función de características como el peso o la zona de operación, el aparato deberá ir equipado con dispositivos para evitar colisiones o de aterrizaje automático".

Los operadores europeos tendrán que conocer la nueva reglamentación y "ser capaces de operar de manera segura, sin crear riesgos para las personas o el espacio aéreo". Esto implicará que, en algunos casos, deban seguir cursos de formación.

Para facilitar la identificación de los responsables en caso de incidente, "los drones deberán llevar un código de matriculación. El nombre de los operadores deberá incluirse en registros nacionales" (excluidos los operadores de los aparatos más pequeños).

MODERNIZACIÓN DE LAS REGLAS SOBRE SEGURIDAD AÉREA

Además de adaptarse a la proliferación de dispositivos no tripulados, la normativa actualiza las reglas sobre seguridad aérea para adaptarse al previsiblemente aumento del tráfico aéreo en las próximas décadas.

También se busca impulsar la cooperación entre la Agencia europea de seguridad aérea y las autoridades nacionales a la hora de evaluar los riesgos de vuelos sobre zonas de conflicto. Asimismo, la Comisión deberá desarrollar estándares para la descarga en tiempo real de datos de los dispositivos de seguimiento de vuelo cuando una aeronave se encuentre en peligro, a fin de acelerar la respuesta de emergencia.

PRÓXIMOS PASOS

La normativa debe todavía ser aprobada formalmente por el Consejo de Ministros. Los principios fundamentales entrarán en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial, pero las reglas más detalladas tienen que ser todavía desarrolladas.

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