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Un excellente trabajo, no obstante las áreas inundables están cartografiadas perfectamente por mapas militares desde hace un siglo. La legislación Urbanística no permite la construcción de viviendas en zonas de «máxima avenida» de los últimos 500 años y otra prohibición es en zonas inundables de los últimos 100 años. Para conseguir urbanizar zonas inundables se ha requerido el informe favorable de la Confederación hidrografíca de la Comunidad Autónoma de Valencia y de los Municipios correspondientes, vulnerando gravemente la legislación urbanística. Es evidente que los organismos y personas que aprobaron dichos planes urbanísticos está perfectamente identificados en los documentos de las aprobaciones de las licencias urbanísticas y es también evidente que pueden ser objeto de reproche judicial habida cuenta del resultado mortal. Es una cuestión separada y jurídicamente distinta de las deficiencias de las operación de rescate posterior al evento catastrófico o de las infraestructuras reguladoras del caudal que no se realizaron o fueron destruidas por razones ambientales .

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