El procedimiento de adopción

 

The 'Ordinary legislative procedure'

 

Fuente: Comisión Europea

La Comisión es la que propone. Parlamento y Consejo enmiendan y en caso de acuerdo co‐adoptan el texto. El acuerdo puede llegar en tres etapas:

Primera Lectura: La Comisión envía su propuesta al Consejo y PE. El PE toma una posición y envía enmiendas que ha votado por mayoría simple. El Consejo, en paralelo, puede adoptar un “enfoque común” (si lo hace antes de que el PE se pronuncie) o esperar la posición del PE y entonces adoptar su posición común por mayoría cualificada.

Segunda lectura: La Comisión envía su Comunicación sobre la posición común del Consejo al PE y éste inicia un procedimiento similar al de primera lectura pero sobre el texto del Consejo y no el original. Tiene tres meses (más uno) para pronunciarse y votar enmiendas por mayoría absoluta. Si no lo hace, se considera adoptado el texto del Consejo.
La Comisión emite su opinión sobre las enmiendas del PE. Si NO las acepta todas, el Consejo deberá actuar por unanimidad (y si sí las acepta, por mayoría cualificada)

A su vez, el Consejo tiene tres meses (más uno) para reaccionar a las nuevas enmiendas del PE. Si las acepta, se adoptará el acto. Si no las acepta, se busca la Conciliación.

Conciliación: Se crea un Comité de Conciliación en el plazo de 6 (u 8) semanas con igual número de miembros del Consejo y el PE y el Comisario responsable. Se establecen trílogos informales que trabajan sobre un texto común que cada parte debe aprobar según sus normas (mayoría cualificada para el Consejo, mayoría simple para el PE). El Comisario hace las veces de mediador. El acuerdo ha dealcanzarse en un plazo de 6 (u 8) semanas.