Cada año aumenta el número de empresas españolas que se acogen a los beneficios de la <a href="http://www.madrimasd.org/informacionidi/noticias/noticia.asp?id=20051&sec=2&tipo=g" target="_blank">deducción por I+D+I</a> en la cuota del Impuesto sobre Sociedades, pero, no todas valoran el riesgo que supone deducir sin emplear los recursos necesarios. <a href="http://www.madrimasd.org/informacionidi/noticias/noticia.asp?id=22835&tipo=g" target="_blank">Deducir</a> correctamente no es una tarea fácil.
Como ya es sabido, en los últimos años en España se han propiciado magníficas posibilidades de financiación del I+D+I, mediante un sistema de deducciones en la cuota del Impuesto sobre Sociedades. Si bien los resultados globales no llegan a cumplir con las expectativas en el fomento de la Innovación, estas ayudas fiscales al I+D+I no dejan de ser de las más generosas a nivel internacional.
El escenario actual no es de desconocimiento de la
deducción por I+D+I. Todo lo contrario, se ha hecho un esfuerzo en la difusión mediática de las expectativas de innovación propuestas por Europa, y a nivel mundial, así como del panorama excepcionalmente beneficioso que establece la normativa en este sector para las empresas españolas, con un resultado muy óptimo a nivel informativo y de motivación.
El conflicto se crea ahora, en el que cegadas por el radiante contexto, y sin percatarse de la complejidad real de la deducción, las empresas se aventuran a deducir su I+D+I careciendo de los medios necesarios para hacerlo de manera correcta. Generar la deducción en sí, no implica mayor complicación. Gran numero de empresas españolas se sienten preparadas por el simple hecho de haber leído la Ley del Impuesto sobre Sociedades, o tras haber asistido a seminarios dedicados a la fiscalidad del I+D+I. Nada más lejos de la realidad.
Las empresas españolas que invierten en tecnología deben tomar una decisión a la hora de plantearse el procedimiento a seguir a para la generación de estas deducciones por I+D+I, tan beneficiosas.
Es fundamental tomar conciencia de la necesidad de recursos para poder llevar a cabo la deducción por I+D+I de manera que ésta sea rentable para la empresa. Los directivos que piensan que esta deducción se puede generar con pocos recursos y una inversión mínima en horas de personal cualificado, no calculan el grave riesgo que hacen correr a las empresas.
Se presentan varios problemas a la hora de enfrentarse a esta deducción. Es una práctica habitual en las empresas, deducirse a falta de un análisis a nivel técnico de los proyectos, con escasa documentación preparada de los mismos, tanto técnica de la calificación de los proyectos de I+D+I, como de justificación de gastos deducibles. Todo esto es resultado entre otros factores, de un análisis superficial de los requisitos legalmente establecidos para la deducción, que hace que las compañías no solo se expongan, sin medir las consecuencias, a la amenaza de las inspecciones, sino que en ocasiones, ignoran proyectos que serían deducibles por I+D+I y que pasan desapercibidos por puro desconocimiento de los responsables en este ámbito.
Estudiar bien la deducción, es una tarea difícil pero necesaria, en la que se emplean muchas horas de personal especializado, no solo a nivel técnico-industrial sino también con formación de carácter fiscal para que la deducción pueda llevarse a cabo con éxito. Las principales tareas son las de análisis de los proyectos, cuantificación de los gastos y documentación de la idoneidad de la deducción conforme a la normativa vigente.
Es importante contar desde el primer momento con un soporte documental que justifique las deducciones aplicadas, pues frecuentemente las empresas caen en el error de deducir cantidades por I+D+I y plantearse, únicamente cuando están en manos de los Inspectores de Hacienda, cuál sería la mejor manera de hacer las cosas, es decir, documentar técnica y económicamente deducciones justo en el momento de la inspección, situación en la que generalmente, suele ser demasiado tarde.
Al final del día, son las empresas las que valoran su propio perfil de riesgo, según sus prioridades, quedarán más o menos expuestas en función de la cualificación interna y externa y de los recursos invertidos en la generación de la deducción de cada uno de los proyectos de I+D+I.
Precisamente para aquellas empresas que quieren eliminar la mínima posibilidad de riesgo, se ha previsto el sistema de
Certificación de Proyectos de I+D+I, que ya está en su segunda campaña. La Certificación de Proyectos es un requisito previo a la obtención de
Informes Motivados, de carácter vinculante, relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por sus actividades de I+D+I, emitidos por el
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Desde la entrada en vigor de este sistema, (las primeras Certificaciones se hicieron en 2004) se han presentado aproximadamente 300 solicitudes de Informes Motivados, y se han resuelto por encima de 200 por la
Dirección General de Desarrollo Industrial del Ministerio. De estos informes emitidos, en casi un 8% de los casos, la calificación del Ministerio ha diferido de la presentada en las certificaciones, tanto a la baja como al alta (considerando IT lo que en el proyecto certificado es I+D y viceversa respectivamente) o directamente rechazando los proyectos como fuera del ámbito del I+D+I.
Siguiendo una inercia lógica en sus procedimientos, la mayoría de los empresarios que en el primer año certificaron sus proyectos, vuelven a hacerlo, no obstante los datos dejan traslucir que si bien hay empresas que certifican, este método no ha sido acogido de forma generalizada.
Como factores de este resultado apuntamos al recelo que puede causar a las empresas esta posible discrepancia entre calificaciones de las Entidades Certificadoras y el Ministerio, así como el componente económico, ya que el hecho de certificar proyectos acaba siendo un presupuesto adicional para las empresas.
Si bien cualquier opción de las que se plantean es respetable, basándonos en nuestra larga experiencia en el asesoramiento a empresas en la fiscalidad del I+D+I, consideramos la mejor de las alternativas, la de generar la deducción a conciencia, invirtiendo en los recursos y la preparación especifica necesaria para cumplir al cien por cien con los requisitos establecidos legalmente, creando así un apoyo documental detallado, ya sea por la propia empresa como por empresas especialmente cualificadas para prestar este servicio. Siguiendo esta opción conservadora, el riesgo se reduce al mínimo, rentabilizando al máximo la inversión empresarial en Investigación Desarrollo e Innovación Tecnológica.